{"id":4417,"date":"2023-08-31T17:08:49","date_gmt":"2023-08-31T17:08:49","guid":{"rendered":"http:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/?p=4417"},"modified":"2023-08-31T17:08:51","modified_gmt":"2023-08-31T17:08:51","slug":"mineras-sancionadas-en-chile-se-repite-un-patron-se-previenen-los-danos-ambientales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/mineras-sancionadas-en-chile-se-repite-un-patron-se-previenen-los-danos-ambientales\/","title":{"rendered":"Mineras sancionadas en Chile: \u00bfse repite un patr\u00f3n? \u00bfse previenen los da\u00f1os ambientales?"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"http:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/03\/mar.webp\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"576\" src=\"http:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/03\/mar-1024x576.webp\" alt=\"\" class=\"wp-image-3786\" srcset=\"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/03\/mar-1024x576.webp 1024w, https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/03\/mar-300x169.webp 300w, https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/03\/mar-768x432.webp 768w, https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/03\/mar.webp 1280w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>Dentro del panorama de noticias que se informan en nuestro pa\u00eds, en relaci\u00f3n a la industria minera nacional, est\u00e1n aquellas que cuentan sobre las mineras sancionadas por organismos como el SMA (Superintendencia del Medio Ambiente), generalmente por casos de impactos negativos al medioambiente y comunidades aleda\u00f1as donde se instalan. Fuente: Fundaci\u00f3n Relaves, 30 de agosto de 2023.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Esto es lamentable, ya que -al parecer- algunas empresas mineras preferir\u00edan pagar las multas o no asumir sus impactos, que cambiar sus estrategias operacionales para evitar estos impactos. Por lo mismo, cabe preguntarse: \u00bfQu\u00e9 marco legal existe en Chile para proteger nuestros territorios?<\/p>\n\n\n\n<p><strong>1. Minera Escondida: Sanci\u00f3n por $6.600 millones tras da\u00f1o ambiental<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En marzo del a\u00f1o 2022, la SMA mult\u00f3 a Minera Escondida Ltda., con m\u00e1s de $6.600 millones, tras acreditar el impacto sobre las aguas subterr\u00e1neas que sostienen el ecosistema en las&nbsp;<strong>Vegas de Tilopozo, en el Salar de Atacama<\/strong>, (2da regi\u00f3n) con afectaci\u00f3n significativa de \u00e9ste. Se constat\u00f3 una reducci\u00f3n del nivel fre\u00e1tico mayor a 25 cent\u00edmetros en el \u201cSector de Tilopozo\u201d, super\u00e1ndose de forma irreversible. Adem\u00e1s, la Comunidad Ind\u00edgena de Peine se vi\u00f3 y ha visto significativamente afectada, producto del uso desmedido por parte de la empresa del recurso h\u00eddrico, utilizado por la comunidad como sustento econ\u00f3mico para usos tradicionales.<\/p>\n\n\n\n<p>La infracci\u00f3n fue clasificada como grav\u00edsima, tras el an\u00e1lisis de antecedentes e inspecciones ambientales realizadas por la SMA en abril de 2019, incluidas mediciones de profundidad del agua subterr\u00e1nea en los pozos de observaci\u00f3n del acu\u00edfero y datos de monitoreo hist\u00f3rico.<\/p>\n\n\n\n<p>Como medida de mitigaci\u00f3n del impacto sobre el recurso h\u00eddrico y la vegetaci\u00f3n, la empresa comprometi\u00f3 en su Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental (RCA) la limitaci\u00f3n del tiempo de bombeo. Sin embargo, se constat\u00f3 que \u00e9sta y otras medidas \u2013 no fueron activadas.<\/p>\n\n\n\n<p>En marzo de este a\u00f1o, la compa\u00f1\u00eda present\u00f3 un reclamo contra la SMA ante el Primer Tribunal Ambiental tras la no conformidad por el m\u00e9todo ocupado por la Superintendencia para determinar la superaci\u00f3n de la extracci\u00f3n m\u00e1xima de agua de los acu\u00edferos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>2. Minera SCM Minera Lumina Copper Chile S.A. Sanci\u00f3n a Proyecto minero Caserones&nbsp;por $7.583 millones de pesos.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Hace s\u00f3lo 3 semanas atr\u00e1s, la&nbsp;SMA impuso una sanci\u00f3n hist\u00f3rica a la empresa minera SCM Minera Lumina Copper Chile S.A., titular del \u201cproyecto Caserones\u201d, por no cumplir con sus compromisos ambientales. La multa de 10mil Unidades Tributarias Anuales (aproximadamente $7.583 millones)&nbsp;se debe a los&nbsp;<strong>impactos negativos en la calidad de las aguas superficiales y subterr\u00e1neas de la cuenca del R\u00edo Ramadillas.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El&nbsp;\u201cproyecto Caserones\u201d se localiza a 160 km al sureste de Copiap\u00f3, y su objetivo es la producci\u00f3n y venta de concentrado de cobre, c\u00e1todos de cobre y concentrado de molibdeno mediante explotaci\u00f3n a rajo abierto. El proceso incluye chancado primario, molienda, flotaci\u00f3n y dep\u00f3sito separado de relaves en embalses ubicados en las quebradas Caserones y La Brea, que confluyen en el R\u00edo Ramadillas.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo peor de todo es que no es la primera vez que esta empresa minera es sancionada por la SMA. Ya en 2015, enfrent\u00f3 una sanci\u00f3n por incumplimientos ambientales, lo que demuestra la relevancia de una gesti\u00f3n ambiental responsable y adecuada. La multa impuesta deber\u00e1 ser pagada en la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>3. Minera \u201cSouthern Gold\u201d: an\u00e1lisis para posible sanci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En febrero de este a\u00f1o 2023, la SMA instruy\u00f3 al Departamento de Sanci\u00f3n y Cumplimiento evaluar si existen antecedentes suficientes para iniciar un procedimiento sancionatorio en contra de la minera \u201cSouthern Gold\u201d (controlada por la australiana Equus Mining) bajo la causal de&nbsp;<strong>elusi\u00f3n del Sistema de Evaluaci\u00f3n de Impacto Ambiental (SEIA).<\/strong>&nbsp; Esto, a ra\u00edz de haber superado las 20 plataformas de prospecci\u00f3n en el \u00e1rea de Los Domos (llegaron a 23), sector aleda\u00f1o al Parque Nacional Patagonia, sin haberse sometido a evaluaci\u00f3n ambiental, como establece la normativa vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>La segunda causal es que dichas faenas se emplazan al interior del Sitio Prioritario para la Conservaci\u00f3n de la Biodiversidad Estepa Jeinimeni\/Lagunas de Bah\u00eda Jara, que es un \u00e1rea bajo protecci\u00f3n oficial.<\/p>\n\n\n\n<p>Los trabajos fueron realizados por \u201cSouthern Gold\u201d en campa\u00f1as materializadas entre 2017 y 2019, y ya desde ese \u00e9poca&nbsp;<strong>la Agrupaci\u00f3n Ais\u00e9n Reserva de Vida y la Corporaci\u00f3n Privada para el Desarrollo de Ays\u00e9n (CODESA),<\/strong>&nbsp;con patrocinio del abogado Rodrigo Meneses del estudio LAWen y apoyo de ONG FIMA, vienen denunciando tanto tal irregularidad como el lobby que la minera realiz\u00f3 para redelimitar el Parque Patagonia, como una forma de dejar sus pertenencias mineras fuera de la nueva \u00e1rea silvestre protegida.&nbsp; Algo que el segundo gobierno de Sebasti\u00e1n Pi\u00f1era concret\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>4. Minera Candelaria: Sanci\u00f3n por $2.918 millones de pesos, por consumo de agua fresca subterr\u00e1nea.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Hace un poco m\u00e1s de un a\u00f1o, en junio de 2022, la Corte Suprema dict\u00f3 sentencia contra Minera Candelaria (regi\u00f3n de Atacama), resolviendo las casaciones interpuestas por la SMA y terceros, confirmando la legalidad de la sanci\u00f3n del cargo 14 de la resoluci\u00f3n sancionatoria dictada por la SMA en 2016. Esta resoluci\u00f3n dice relaci\u00f3n con no rebajar su consumo de agua fresca subterr\u00e1nea \u201cen virtud de la creciente recirculaci\u00f3n de aguas provenientes del dep\u00f3sito de relaves y de la inserci\u00f3n de aguas tratadas y desalinizadas al sistema\u201d, lo cual produjo da\u00f1o ambiental en la cuenca del r\u00edo Copiap\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>La infracci\u00f3n que fue clasificada como grave y&nbsp;fue sancionada con una multa de 4.176 UTA, equivalente a $ 2.918 millones de pesos.<\/p>\n\n\n\n<p>Como hemos visto en recurrentes ocasiones, la minera present\u00f3 una reclamaci\u00f3n en contra de la resoluci\u00f3n sancionatoria dictada por la SMA ante el Segundo Tribunal Ambiental, afirmando que Candelaria ten\u00eda impuesto un l\u00edmite determinado en el consumo y extracci\u00f3n de agua fresca de los pozos del sector 4, ejerciendo una potestad interpretativa que no le corresponde,&nbsp;sin requerir previamente la interpretaci\u00f3n de las respectivas RCA al SEA.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, la Corte Suprema sostuvo que&nbsp;teniendo la SMA facultades para interpretar la RCA, se construy\u00f3 correctamente la obligaci\u00f3n que representa el est\u00e1ndar de conducta que le era exigible a la empresa en relaci\u00f3n al recurso h\u00eddrico.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, la SMA constat\u00f3 que Candelaria no rebaj\u00f3 la extracci\u00f3n de agua subterr\u00e1neas de los pozos del sector 4 en proporci\u00f3n a la integraci\u00f3n de otras alternativas de recursos h\u00eddricos que inyectaba a su sistema de producci\u00f3n y que proven\u00edan de las aguas recirculadas, tratadas y desalinizadas. Agrega que en ning\u00fan caso los derechos de aguas le permitir\u00edan al titular incumplir su obligaci\u00f3n de disminuir la extracci\u00f3n del agua subterr\u00e1nea, porque dicha obligaci\u00f3n emana del deber de una explotaci\u00f3n sustentable del recurso, tal como se deriva de la lectura de las RCA y existe adem\u00e1s un deber universal de no explotar un recurso natural de manera indiscriminada.<\/p>\n\n\n\n<p>Estos son s\u00f3lo los \u00faltimos casos, porque -si se revisa el listado hist\u00f3rico- ser\u00edan muchos m\u00e1s. Por lo mismo, cabe preguntarse: \u00bfPor qu\u00e9 siempre se repite la misma historia? \u00bfEs m\u00e1s f\u00e1cil para las mineras aceptar la multa, luego presentar reclamos a la SMA, y\/o pagar multas, en vez de prevenir conflictos ambientales?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dentro del panorama de noticias que se informan en nuestro pa\u00eds, en relaci\u00f3n a la industria minera nacional, est\u00e1n aquellas que cuentan sobre las mineras sancionadas por organismos como el SMA (Superintendencia del Medio&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":3786,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[],"class_list":["post-4417","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacado"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4417","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4417"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4417\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4418,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4417\/revisions\/4418"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3786"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4417"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4417"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4417"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}