{"id":5098,"date":"2025-05-12T16:26:17","date_gmt":"2025-05-12T16:26:17","guid":{"rendered":"http:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/?p=5098"},"modified":"2025-05-12T16:26:18","modified_gmt":"2025-05-12T16:26:18","slug":"visita-inspectiva-de-equipo-del-primer-tribunal-ambiental-permitio-conocer-en-terreno-detalles-de-la-demanda-por-dano-ambiental-de-la-fundacion-mamitas-del-plomo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/visita-inspectiva-de-equipo-del-primer-tribunal-ambiental-permitio-conocer-en-terreno-detalles-de-la-demanda-por-dano-ambiental-de-la-fundacion-mamitas-del-plomo\/","title":{"rendered":"Visita inspectiva de equipo del Primer Tribunal Ambiental permiti\u00f3 conocer en terreno detalles de la demanda por da\u00f1o ambiental de la Fundaci\u00f3n Mamitas del Plomo"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"http:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/recicla.webp\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"576\" src=\"http:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/recicla-1024x576.webp\" alt=\"\" class=\"wp-image-3827\" srcset=\"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/recicla-1024x576.webp 1024w, https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/recicla-300x169.webp 300w, https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/recicla-768x432.webp 768w, https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/recicla.webp 1280w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>El equipo del Primer Tribunal Ambiental se traslad\u00f3 hasta los sectores de la poblaci\u00f3n Los Industriales y cerro Chu\u00f1o en Arica, con el objeto de verificar en el lugar los alcances de la demanda interpuesta en 2024 por la Fundaci\u00f3n Mamitas del Plomo, por da\u00f1o ambiental por contaminaci\u00f3n por metales pesados, contra el Estado de Chile. Fuente: Arica al d\u00eda, 11 de mayo de 2025.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los ministros, acompa\u00f1ados por el equipo cient\u00edfico y jur\u00eddico del tribunal, realizaron diligencias en terreno, lo que permiti\u00f3 conocer mayores antecedentes sobre la causa, recorriendo distintos puntos donde se habr\u00eda acopiado y trasladado posteriormente los residuos mineros.<\/p>\n\n\n\n<p>La acci\u00f3n judicial se origina cuando un grupo de madres arique\u00f1as decide demandar al Estado por la afectaci\u00f3n de la salud de sus hijos, atribuida a la contaminaci\u00f3n de metales pesados abandonados en la comuna de Arica por la empresa Promel.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan sostiene la demandante, en 1984 se habr\u00edan trasladado 20 mil toneladas de residuos t\u00f3xicos que fueron depositados en ese entonces en las afueras de la ciudad, espec\u00edficamente en el denominado Sitio F ubicado en el sector de la poblaci\u00f3n Los Industriales. &nbsp;En la demanda se explica que estos residuos provendr\u00edan de la empresa sueca Boliden, entidad que vendi\u00f3 estos materiales a la empresa chilena Promel.<\/p>\n\n\n\n<p>La Fundaci\u00f3n cuestiona que las acciones de remediaci\u00f3n ejecutadas en su oportunidad han sido insuficientes, existiendo a la fecha lugares que no han sido remediados, manteni\u00e9ndose la exposici\u00f3n de la poblaci\u00f3n a metales pesados. Cuestionan que el lugar en que fueron depositados los residuos carece de medidas de seguridad suficientes para su resguardo, el cual se encuentra cercano a viviendas existentes en el lugar.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cParte del trabajo del Tribunal es hacerse de antecedentes, de contexto y del terreno mismo. Eso implica realizar algunas pericias, en este caso acompa\u00f1ado por la BIDEMA [la actual Brigada Investigadora de Delitos Contra la Salud P\u00fablica y Medio Ambiente de la Polic\u00eda de Investigaciones], donde estamos haciendo un screening del suelo para ver la presencia de algunos polimetales presentes y comparar con la data hist\u00f3rica que tiene tanto el sitio F como otros lugares aleda\u00f1os, incluyendo los lugares donde se ha dispuesto tambi\u00e9n por la autoridad los residuos de en los a\u00f1os anteriores\u201d, explic\u00f3 el ministro titular en ciencias, Marcelo Hern\u00e1ndez.<\/p>\n\n\n\n<p>Fueron dos jornadas en que se recorrieron nueve puntos de la ciudad y donde se pudo escuchar tambi\u00e9n a las personas pertenecientes a la fundaci\u00f3n que ha llevado adelante este proceso, en busca de demostrar la afectaci\u00f3n sufrida por el acopio y manejo de los residuos mineros.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa idea es que podamos hacer un levantamiento de informaci\u00f3n, conversaci\u00f3n con actores presentes en el territorio actualmente, cu\u00e1l es el estado del arte y poder nutrirnos de los antecedentes presentados por las partes y tener un mejor an\u00e1lisis t\u00e9cnico cient\u00edfico en esta causa, lo que permite arribar a una mejor decisi\u00f3n\u201d, agreg\u00f3 el ministro Hern\u00e1ndez.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe recordar que en enero de este a\u00f1o se realiz\u00f3 la audiencia de conciliaci\u00f3n, prueba y alegatos finales, oportunidad en que el tribunal pudo escuchar el testimonio de 14 testigos, comunes y expertos. Luego de esta visita inspectiva el tribunal deber\u00e1 levantar un acta y revisar los diversos antecedentes de la causa para determinar los pr\u00f3ximos pasos.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl tribunal realizo una diligencia de inspecci\u00f3n personal, y en particular estuvimos en el sitio F, que es el sitio donde habr\u00edan sido dispuestos los residuos con polimetales en la d\u00e9cada de los 90.&nbsp; Ahora, los ministros del tribunal debemos analizar los antecedentes, evaluar si existe consenso respecto de c\u00f3mo se resolver\u00e1 el caso y de ser as\u00ed, continuar con el proceso de redacci\u00f3n de sentencia. En caso contrario, corresponde determinar si es necesario recabar alg\u00fan antecedente adicional\u201d, explic\u00f3 el ministro Alamiro Alfaro.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Demanda<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La fundaci\u00f3n argumenta que los materiales acopiados no solo contaminaron el lugar en que se encontraban, sino que posteriormente, se dispersaron por acci\u00f3n del viento hacia distintos sectores cercanos al Sitio F y al dep\u00f3sito de Quebrada Encantada, lo que facilit\u00f3 que los contaminantes alcanzaran zonas pobladas.<\/p>\n\n\n\n<p>Plantean tambi\u00e9n que, seg\u00fan un estudio de la Asesor\u00eda T\u00e9cnica Parlamentaria preparado en enero de 2019, la contaminaci\u00f3n por polimetales en Arica, se produjo por la presencia en altas concentraciones de plomo y ars\u00e9nico en suelos, debido a que entre los a\u00f1os 1984 y 1985 las empresas Promel y Bolliden Metal (de Suecia) internaron y depositaron en la comuna m\u00e1s de 20 mil toneladas de desechos t\u00f3xicos y metales pesados como ars\u00e9nico, cadmio, plomo, mercurio, cobre y zinc. Indican que la intenci\u00f3n original del proyecto era extraer oro y plata de los residuos, sin embargo estos fueron abandonados en el Sitio F de propiedad fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>La versi\u00f3n del Estado de Chile<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En su respuesta a la demanda presentada por la Fundaci\u00f3n Mamitas del Plomo, el Estado de Chile \u2014a trav\u00e9s del Consejo de Defensa del Estado (CDE)\u2014 neg\u00f3 que existan antecedentes suficientes para acreditar una afectaci\u00f3n significativa al suelo, aire o agua que configure un da\u00f1o ambiental conforme con la legislaci\u00f3n vigente. Argument\u00f3 que la presencia de metales pesados como ars\u00e9nico y plomo en la zona responde, en parte, a condiciones geol\u00f3gicas naturales propias del norte de Chile y no necesariamente a una acci\u00f3n u omisi\u00f3n atribuible al Estado. Adem\u00e1s, sostuvo que la demanda no demuestra que dichas concentraciones hayan sido incrementadas por intervenci\u00f3n humana de manera significativa, ni se explica c\u00f3mo ese supuesto da\u00f1o afecta espec\u00edficamente los componentes del medio ambiente.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto de las acciones estatales, el CDE recalc\u00f3 que el Estado s\u00ed ha adoptado medidas de remediaci\u00f3n a trav\u00e9s de diversos actos administrativos y materiales, incluso bajo el amparo de una ley especial. Sin embargo, subray\u00f3 que la demanda no reconoce adecuadamente esos esfuerzos ni plantea alternativas t\u00e9cnicas viables. La defensa insisti\u00f3 en que no se puede responsabilizar al Estado por toda la situaci\u00f3n sanitaria de Arica, especialmente cuando ya se han ejecutado pol\u00edticas p\u00fablicas para contener los efectos del acopio hist\u00f3rico de residuos en sitios como el Sitio F y Quebrada Encantada. En ese contexto, el CDE afirm\u00f3 que no existe base jur\u00eddica ni t\u00e9cnica para exigir nuevas reparaciones sin una demostraci\u00f3n clara del supuesto da\u00f1o ambiental y su relaci\u00f3n causal con actos del Estado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El equipo del Primer Tribunal Ambiental se traslad\u00f3 hasta los sectores de la poblaci\u00f3n Los Industriales y cerro Chu\u00f1o en Arica, con el objeto de verificar en el lugar los alcances de la demanda&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":3827,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[],"class_list":["post-5098","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacado"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5098","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5098"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5098\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5099,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5098\/revisions\/5099"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3827"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5098"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5098"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5098"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}