{"id":5125,"date":"2025-05-29T15:22:28","date_gmt":"2025-05-29T15:22:28","guid":{"rendered":"http:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/?p=5125"},"modified":"2025-05-29T15:22:29","modified_gmt":"2025-05-29T15:22:29","slug":"se-autoriza-operacion-restringida-de-quiborax-en-el-salar-de-surire","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/se-autoriza-operacion-restringida-de-quiborax-en-el-salar-de-surire\/","title":{"rendered":"Se autoriza operaci\u00f3n restringida de Quiborax en el Salar de Surire"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-full\"><a href=\"http:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2017\/04\/maricunga.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"303\" height=\"166\" src=\"http:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2017\/04\/maricunga.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-1233\" srcset=\"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2017\/04\/maricunga.jpg 303w, https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-content\/uploads\/2017\/04\/maricunga-300x164.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 303px) 100vw, 303px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>El Primer Tribunal Ambiental alz\u00f3 parcialmente la medida cautelar vigente desde septiembre de 2024 respecto de las actividades de Quiborax en el Salar de Surire, en la Regi\u00f3n de Arica y Parinacota. El nuevo r\u00e9gimen cautelar comprende la extensi\u00f3n de la autorizaci\u00f3n para la carga y retiro del material acopiado en el salar, as\u00ed como la extracci\u00f3n limitada de Ulexita en determinados sectores del \u00e1rea fuera del Monumento Natural \u201cSalar de Surire\u201d, bajo un r\u00e9gimen estricto y limitado de acuerdo con el Plan de Trabajo que deber\u00e1 presentar la empresa. Fuente: Primer Tribunal Ambiental, 27 de mayo de 2025.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El pr\u00f3ximo 31 de mayo expiraba el plazo de las actuales medidas cautelares decretadas en la causa entre el Consejo de Defensa del Estado y la empresa Quiborax, por el presunto da\u00f1o ambiental en el Salar de Surire.<\/p>\n\n\n\n<p>El pasado 13 de mayo se realiz\u00f3 una audiencia de revisi\u00f3n de medidas cautelares, con asistencia de las partes de la causa, as\u00ed como de sus terceros coadyuvante. Tras la revisi\u00f3n de los antecedentes presentados, se determin\u00f3 por dos votos a favor y uno en contra, que se extiende la autorizaci\u00f3n excepcional para realizar actividades de nivelaci\u00f3n en las \u00e1reas intervenidas durante el 2024, adem\u00e1s del retiro y transporte de ulexita acopiada en el salar hasta noviembre de 2025. Lo anterior, bajo las condiciones, medidas y reportabilidad ya establecidas. Adem\u00e1s, el tribunal autoriz\u00f3 el r\u00e9gimen limitado de explotaci\u00f3n propuesto por Quiborax, consistente en la extracci\u00f3n de Ulexita en zonas previamente determinadas fuera del \u00e1rea protegida consistente en el Monumento Natural \u201cSalar de Surire\u201d, bajo estrictas condiciones y de acuerdo con un Plan de Trabajo que deber\u00e1 ser aprobado.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, la demandada deber\u00e1 presentar un plan que contenga la delimitaci\u00f3n precisa de los pol\u00edgonos de explotaci\u00f3n; caracterizaci\u00f3n topogr\u00e1fica y variables ambientales, caracterizaci\u00f3n de la fauna y avifauna; identificaci\u00f3n de impactos y riesgos de la explotaci\u00f3n; detalle t\u00e9cnico del procedimiento de nivelaci\u00f3n posterior a la extracci\u00f3n, as\u00ed como un sistema de monitoreo y verificaci\u00f3n de zonas de exclusi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n adoptada por el Tribunal se fundamenta en el cambio de circunstancias respecto del contexto que motiv\u00f3 originalmente la paralizaci\u00f3n total de las actividades de Quiborax en el Salar de Surire, as\u00ed como en la necesidad de resguardar el principio de proporcionalidad de las medidas cautelares.<\/p>\n\n\n\n<p>En particular, se consider\u00f3 que la propuesta de un r\u00e9gimen de explotaci\u00f3n acotado \u2013limitado temporal y espacialmente a sectores fuera del Monumento Natural, acompa\u00f1ado de medidas espec\u00edficas de resguardo ambiental orientadas a proteger la avifauna, los cuerpos de agua y la napa fre\u00e1tica\u2014 permite reducir significativamente los riesgos ambientales que justificaron la medida original. Asimismo, el Tribunal valor\u00f3 que la solicitud incorpora condiciones t\u00e9cnicas y de monitoreo que permiten compatibilizar la operaci\u00f3n restringida con los objetivos de conservaci\u00f3n del sitio Ramsar, sin desconocer la coexistencia de m\u00faltiples usos en el territorio. Por estas razones, se estim\u00f3 procedente autorizar parcialmente la operaci\u00f3n, manteniendo la paralizaci\u00f3n en el resto del salar y supeditando la ejecuci\u00f3n del r\u00e9gimen propuesto a la aprobaci\u00f3n de un plan de trabajo que incorpore las exigencias establecidas en la resoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Estrictas condiciones para la operaci\u00f3n restringida<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Esta nueva resoluci\u00f3n de medidas cautelares establece que la explotaci\u00f3n se podr\u00e1 realizar solo en seis pol\u00edgonos espec\u00edficos ubicados fuera del Monumento Natural Salar de Surire, entre los meses de junio a noviembre de 2025. Se explica en la decisi\u00f3n que la limitaci\u00f3n responde a la necesidad de proteger los ciclos de vida de las especies que all\u00ed habitan, especialmente los flamencos, cuyas etapas reproductivas coinciden con los meses previos y posteriores al per\u00edodo de extracci\u00f3n propuesto.<\/p>\n\n\n\n<p>De esta forma, la resoluci\u00f3n establece para el r\u00e9gimen de explotaci\u00f3n restringido las medidas consistentes en la delimitaci\u00f3n precisa de los pol\u00edgonos de explotaci\u00f3n mediante im\u00e1genes actualizadas y cartograf\u00eda detallada; el establecimiento de zonas de exclusi\u00f3n en torno a cuerpos de agua permanentes y sitios hist\u00f3ricos o potenciales de nidificaci\u00f3n de flamencos, con distancias m\u00ednimas de resguardo; la priorizaci\u00f3n temporal y espacial de las actividades para evitar interferencias con zonas de reproducci\u00f3n de flamencos y otras especies protegidas; la caracterizaci\u00f3n topogr\u00e1fica y ambiental de los sitios a intervenir; la limitaci\u00f3n de la profundidad de extracci\u00f3n a un m\u00e1ximo de 60 cm, sin afectar la napa fre\u00e1tica; la elaboraci\u00f3n de un inventario actualizado de fauna y avifauna; la identificaci\u00f3n de impactos asociados a la operaci\u00f3n y la implementaci\u00f3n de medidas de manejo ambiental; la nivelaci\u00f3n inmediata de los frentes de extracci\u00f3n para evitar alteraciones en la din\u00e1mica h\u00eddrica; y la aplicaci\u00f3n de un sistema de monitoreo ambiental continuo, con protocolos de ajuste y paralizaci\u00f3n ante la detecci\u00f3n de fauna sensible en las zonas de exclusi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Todas medidas permiten reducir significativamente los impactos potenciales que motivaron la adopci\u00f3n de la medida de paralizaci\u00f3n original, al focalizar las actividades extractivas fuera del \u00e1rea del Monumento Natural y establecer restricciones f\u00edsicas y operacionales que buscan proteger los componentes cr\u00edticos del Salar de Surire.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Medida cautelar<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Fue en septiembre de 2024 que el tribunal decret\u00f3 la paralizaci\u00f3n de toda la operaci\u00f3n de Quiborax dentro de los l\u00edmites establecidos para el sitio Ramsar del Salar de Surire hasta diciembre del mismo a\u00f1o. En esa oportunidad, solo se permiti\u00f3 la realizaci\u00f3n de labores de mantenci\u00f3n y conservaci\u00f3n del lugar.<\/p>\n\n\n\n<p>Posteriormente, se autoriz\u00f3 de forma excepcional las actividades de nivelaci\u00f3n de las \u00e1reas intervenidas durante el a\u00f1o 2024, as\u00ed como de retiro y transporte de material de ulexita acopiado bajo condiciones y medidas espec\u00edficas.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta medida cautelar se mantuvo y extendi\u00f3 hasta el 31 de mayo de 2025 bajo las medidas, condiciones, planes de trabajo y seguimiento determinado.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe se\u00f1alar tambi\u00e9n que en el \u00e1rea protegida correspondiente al Monumento Natural \u201cSalar de Surire\u201d se mantiene vigente la medida de paralizaci\u00f3n completa de labores de Quiborax.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Primer Tribunal Ambiental alz\u00f3 parcialmente la medida cautelar vigente desde septiembre de 2024 respecto de las actividades de Quiborax en el Salar de Surire, en la Regi\u00f3n de Arica y Parinacota. El nuevo&#46;&#46;&#46;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":3786,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[],"class_list":["post-5125","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-destacado"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5125","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5125"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5125\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5126,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5125\/revisions\/5126"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3786"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5125"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5125"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.reciclajecuartaregion.cl\/portal\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5125"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}